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CONAMU
CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES – CONAMU Y LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL PLAN ECUADOR
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente convenio, por una parte, el Consejo Nacional de las Mujeres - CONAMU, legalmente representado por la señora XIMENA ABARCA, en su calidad de Directora Ejecutiva, a quien en lo posterior se le denominará “El CONAMU”; y por otra la Secretaría Técnica de Plan Ecuador, legalmente representado por el señor JUAN ANTONIO MARTÍNEZ YÁNEZ, en su calidad de Secretario Técnico de Plan Ecuador, a quien para los indicados efectos se llamará “LA SECRETARÍA”. Los comparecientes convienen en celebrar el presente convenio contenido en las siguientes cláusulas.
PRIMERA.- ANTECEDENTES:
1. El Consejo Nacional de las Mujeres, creado mediante Decreto Ejecutivo No. 764 de 24 de octubre de 1997, reformado por el Decreto Ejecutivo No. 1342 de 21 de abril de 1998; sustituido por el Decreto Ejecutivo No. 3535 de 6 de enero del 2002, publicado en el registro oficial 745 del 15 de enero del 2003, es un organismo estatal de carácter autónomo, adscrito a la Secretaria Nacional de los Pueblos, cuyo objetivo principal es formular y promover políticas públicas con equidad de género para garantizar a las mujeres la igualdad de oportunidades y derechos, promover su acceso a las instancias de poder publico y asegurar su incorporación a los programas y beneficios del desarrollo económico social.
2. Plan Ecuador, es una política de Estado Ecuatoriano que concibe a la seguridad humana como el resultado de la paz y el desarrollo. Tiene tres ejes: a.- consolidar la seguridad y una cultura de paz centradas en el ser humano, la satisfacción de sus necesidades y la potenciación de sus capacidades y libertades; b.- mantener una política de relaciones, internacionales equitativa y solidaria; y c.- afirmar una política de defensa basada en la protección de la población, de los recursos naturales, del patrimonio nacional y el control efectivo de su territorio. El Plan Ecuador, orienta sus esfuerzos en base a un enfoque preventivo, multidimensional y multisectorial, que apunta a solucionar los graves problemas derivados de la pobreza, la exclusión y la violencia. Su aplicación se basa en el cumplimiento de los objetivos nacionales de desarrollo social y económico; la observancia de los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos; la conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; y, la lucha contra todo tipo de actividades ilegales y que afectan la seguridad ciudadana.
3. En el marco de la implementación del Plan de Igualdad de Oportunidades, instrumento político y técnico que contribuirá a la disminución de las desigualdades entre mujeres y hombres, asumido como un compromiso por el estado Ecuatoriano, el CONAMU considera pertinente la realización de procesos descentralizados que permitan articular las políticas nacionales en el ámbito local y crear las condiciones necesarias para que las mujeres de zona de la frontera norte, en coordinación con la institucionalidad publica y privada, implementen mecanismos y proyectos dirigidos a mejorar las condiciones de vida y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la ciudadanía de las mujeres en el ámbito local y regional.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONVENIO:
Impulsar la tranversalidad de género en las políticas públicas nacionales y locales relacionadas con al ámbito de acción de Plan Ecuador, promover procesos por la equidad de género, que permitan crear condiciones encaminadas a la gestión de las políticas nacionales y locales y la vigilancia de que estas políticas estén orientadas a la equidad social y de género. El plan operativo anual y/o proyectos que surjan en el marco de este convenio para la sostenibilidad del proceso de institucionalización de políticas pro equidad de género a nivel local formarán parte del presente convenio y serán de cumplimiento obligatorio.
TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
DE LA SECRETARIA.-
a) Promover la articulación y coordinación del CONAMU con las diferentes instancias de la Secretaría Técnica del Plan Ecuador para garantizar la inclusión del enfoque de género en las decisiones y acciones que se realicen. b) Destinar un presupuesto que permita promover las Políticas Públicas de Género en Frontera Norte. c) Participar en actividades de coordinación con el equipo técnico del CONAMU. d) Garantizar la inclusión del enfoque de género en los procesos de construcción de políticas públicas locales a realizarse en Frontera Norte. e) Elaborar una planificación en el tema de género conjuntamente con el Consejo Nacional de las Mujeres considerando el contexto, las dinámicas locales, sugerencias y observaciones que realice el CONAMU.
DEL CONAMU.-
a) Brindar asistencia técnica para la formulación y fortalecimiento de Plan Ecuador en los siguientes ejes:
EDUCACION
• Educación para la sexualidad • Coeducación • Comités de vigilancia para el tratamiento de los delitos sexuales en el ámbito educativo • Analfabetismo
SALUD
• Embarazo en adolescentes • Urgencias obstetricias • Derechos sexuales y reproductivos
VIOLENCIA DE GÉNERO
• Defensoria publica para mujeres • Diseño e implementación del CENTRO ESTATAL PARA ATENCION DE LA VIF-G MICROCREDITOS PARA MUJERES, ligado a la procesos de legalización de tierras y de obtención de documentos de identidad para su inserción en el ámbito productivo.
b) Apoyar en el fortalecimiento de la capacidad técnica de la contraparte. c) Apoyar durante la vigencia del presente Convenio Marco, en la elaboración de la Planificación Anual para garantizar la incorporación del enfoque de género y la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes. d) Aportar con los recursos técnicos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto del presente convenio. e) Compartir materiales impresos de autoría del CONAMU sobre diversos derechos, a ser impresos y distribuidos por Plan Ecuador en las brigadas a efectuarse en Frontera Norte. f.) Difundir las acciones emprendidas en conjunto con Plan ecuador a las organizaciones de mujeres de la zona. g.) Coordinar con las organizaciones de mujeres de frontera Norte, algunas acciones de difusión en relación a las brigadas de inscripción tardía y de cedulación a efectuarse en articulación con varios actores.
CUARTA.- CONVENIOS DERIVADOS
En caso de que se considere necesaria la ejecución de otras actividades, se suscribirán convenios específicos entre la Secretaria Técnica del Plan Ecuador con el Consejo Nacional de las Mujeres en los cuales se establecerán compromisos dentro del presente convenio marco.
QUINTA.- ALIANZAS ESTRATEGICAS.-
La Secretaría Técnica del Plan Ecuador, se compromete a establecer las alianzas estratégicas necesarias con instituciones públicas, privadas, locales, nacionales e internacionales para garantizar el cumplimiento del objeto del presente convenio.
SEXTA.- VIGENCIA, MODIFICACIONES Y TERMINACIÓN ANTICIPADA.-
6.1.- Este convenio tendrá una duración de cinco años, contados a partir de la fecha de suscripción, no obstante podrá ampliarse su plazo, si así lo convienen las partes y lo expresan por escrito.
6.2.- Cualquier cambio que pudiere efectuarse a las cláusulas del presente convenio, serán puestas previamente en conocimiento de la otra parte, para que de ser necesario se realice el Adendum correspondiente a este instrumento.
6.3.- En caso de incumplimiento en las obligaciones de una de las partes, este convenio podrá terminar antes del plazo previsto, para lo cual la parte perjudicada dará a conocer por escrito a la otra parte sobre el particular.
SEPTIMA.- FINANCIAMIENTO.-
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, el CONAMU y la Secretaría se comprometen a aportar los recursos financieros para promover el proceso de promoción de políticas públicas locales con enfoque de género, de acuerdo a los planes operativos anuales establecidos y según la disponibilidad presupuestaria y de los flujos fiscales, para lo cual se firmarán los convenios específicos que sean necesarios.
Los funcionarios que tengan a su cargo la ejecución de este convenio, responderán administrativa y civilmente por su cabal y oportuno cumplimiento.
OCTAVA.- COORDINACION Y SEGUIMIENTO.-
El seguimiento técnico de este convenio Marco por parte del CONAMU, estará a cargo de una Especialista del CONAMU, conjuntamente con el profesional designado por la Secretaria. El seguimiento financiero, estará a cargo de un funcionario de la Dirección de Desarrollo Organizacional, en sus campos específicos determinados por la Dirección Técnica del CONAMU, conjuntamente con el funcionario/a designado por La Secretaría.
Las personas aquí responsables integrarán la Comisión de Seguimiento y Coordinación del convenio, quienes vigilaran el efectivo cumplimiento del convenio y de las actividades programadas en el POA.
NOVENA.- TERMINACION POR MUTUO ACUERDO.-
En caso de presentarse circunstancias imprevistas, técnicas, económicas o causas de fuerza mayor o caso fortuito, por las que no fuere posible o conveniente para las partes ejecutar total o parcialmente el objeto de este contrato, las partes podrán convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren; para lo cual se requerirá un dictamen en el que el CONAMU y la Secretaria prueben la existencia de las causas indicadas, para proceder a su terminación.
DECIMA.- CONTROVERSIAS.-
En caso de controversia en la ejecución o aplicación del presente Convenio Marco, se resolverán de mutuo acuerdo entre las partes, de no producirse este, las partes quedarán en libertad de acudir a los jueces competentes de la ciudad de Quito.
Los comparecientes se ratifican en el total contenido del presente convenio, para constancia de lo cual firman en original y cinco copias del mismo tenor en la ciudad de Quito,
Ximena Abarca Juan A. Martínez Y. DIRECTORA EJECUTIVA Secretario Técnico DEL CONAMU PLAN ECUADOR
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